Por Lic. Rigoberto González / Centro Retail de Panamá
El mercado de alimentos en Panamá se prepara para un cambio estructural sin precedentes tras la promulgación de la Ley 543 del 7 de julio de 2026. Esta normativa, sancionada por el presidente de la República, José Raúl Mulino, introduce regulaciones estrictas sobre la exhibición, rotulación y comercialización de alimentos nacionales, importados y de imitación. Comprender estas directrices es vital para evitar sanciones severas y adaptar las operaciones logísticas a tiempo.
¿Qué son los productos sucedáneos y de imitación?
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), incorporada en la normativa, un alimento sucedáneo es aquel que se asemeja a un producto común en apariencia y textura, diseñado para actuar como un sustituto parcial o total, pero cuya composición química e ingredientes difieren del original. Ejemplos comunes incluyen bebidas lácteas que no pueden venderse bajo la denominación de leche o artículos elaborados con grasas vegetales que imitan al queso. Por otro lado, los productos de imitación buscan replicar el sabor, color u olor de un alimento auténtico sin cumplir con su composición real, lo que puede inducir a error al comprador.
Características principales de la normativa
La Ley 543 establece exigencias técnicas y físicas rigurosas para los establecimientos de venta de alimentos, tales como supermercados, tiendas y abarroterías. Entre sus características más destacadas se encuentran:
Separación física: Los comercios deben mantener una distancia mínima de un metro entre los productos nacionales y los importados.
Distancia por categoría: Se exige la misma separación mínima de un metro entre los artículos originales y sus respectivos sucedáneos.
Señalización obligatoria: Los productos sucedáneos deben identificarse con un letrero de advertencia de fondo negro y letras blancas con la leyenda “Producto Sucedáneo o de Imitación”.
Altura de visibilidad: El aviso de advertencia debe ubicarse obligatoriamente a una altura visible de entre 1.40 y 1.70 metros.
Etiquetado de origen: Los anaqueles y neveras deben rotular claramente las expresiones “Producto Nacional” o “Producto Importado”.
Datos específicos: Cada letrero de origen debe incluir el nombre del producto en español y su país de origen.
Restricción cárnica: Se prohíbe manipular, descongelar o trocear productos cárnicos importados congelados para intentar hacerlos pasar por “producto nacional fresco”.
Plazo para la implementación de la ley
Para mitigar el choque operativo inicial, la legislación otorga un período de gracia de un año antes de su entrada en vigencia oficial. Este plazo temporal concede a la industria y al comercio el margen necesario para reestructurar sus inventarios, adecuar la señalización de pasillos y modificar la distribución en góndolas y refrigeradoras. Asimismo, la normativa contempla que el mercado informal deberá regirse por mecanismos de identificación simplificados y de bajo costo que serán definidos en la reglamentación posterior.
Multas y régimen sancionador
El cumplimiento de la ley estará bajo la fiscalización de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco). El régimen de penalizaciones contempla:
- Primera infracción: Multas que oscilan entre los 1,000 y 5,000 dólares por incumplimientos en rotulación, etiquetado o separación física.
- Reincidencia: Sanciones económicas elevadas que van desde los 5,001 hasta los 15,000 dólares.
- Fraude alimentario: El artículo 7 de la ley estipula que las violaciones podrán tipificarse como fraude alimentario, lo que abre la puerta a responsabilidades de índole penal según la gravedad del impacto y del daño causado.
Impacto en las compras y el consumidor
Desde la perspectiva del consumidor, la ley busca garantizar una total transparencia en los anaqueles, permitiendo que el comprador tome decisiones informadas sobre el valor y la naturaleza real del producto que adquiere según su presupuesto. No obstante, gremios empresariales como la Asociación de Comerciantes y Distribuidores de Víveres y Similares de Panamá (Acovipa) han manifestado profunda preocupación por el impacto logístico y operativo.
Líderes del sector comercial señalan que reorganizar los espacios de exhibición, cumplir con la separación de un metro y asumir los costos logísticos derivados podría encarecer las operaciones, un incremento que eventualmente podría repercutir en los precios finales al consumidor. Además, recuerdan que los sucedáneos representan alternativas más económicas para familias de menores ingresos en un entorno inflacionario o de desempleo, por lo que el equilibrio entre una regulación justa y la competitividad comercial sigue siendo un desafío crucial para la industria en Panamá.
